La privacidad es algo muy valioso en estos días, pero esto no solamente se aplica en lo que es internet, sino también a los datos que tenemos guardados localmente. Desde un pillo que roba un portátil hasta el técnico fisgón que no tiene por qué ver las fotos de tus vacaciones, o incluso algún roce con las autoridades, pueden convertirse en un problema para el usuario, a menos que realice un cifrado de sus datos. TrueCrypt se ha dado a conocer recientemente, y con buena razón: Ya ha derrotado al FBI en más de una ocasión, y como herramienta gratuita que es, se convierte en la primera opción de cifrado para muchos usuarios.
Navegar por internet tiene cierto factor sorpresa. En general uno tiende a seguir una ruta común, saltando de un sitio al otro, absorbiendo novedades y registrando noticias. Hace aproximadamente veinte días, encontré una noticia en la cual una mujer del estado de Colorado habia recibido la orden de un juez de entregar una copia sin cifrar del disco duro de su portátil con el objetivo de facilitar la investigación en el proceso a través del cual se la acusa de fraude bancario. La mujer desobedeció la orden del juez invocando la protección de la Quinta Enmienda, la cual impide (entre otras cosas) que una persona deba incriminarse a sí misma. El juez argumentó que la Quinta Enmienda no se aplicaba en este caso, porque estaban solicitando “una copia sin cifrar” del disco duro y no “la contraseña” para superar el cifrado. Pero esto no termina allí.
El que una persona se niegue a obedecer la orden de un juez en un marco de cifrado de datos no es algo nuevo. En octubre de 2010, el FBI secuestró dos ordenadores portátiles y cinco discos duros externos pertenecientes a un hombre de Florida acusado de formar parte de una red de intercambio de pornografía infantil. La sorpresa para el FBI llegó cuando se encontraron que algunas secciones de los sistemas y los discos externos habían sido fuertemente cifradas con TrueCrypt. El FBI no pudo acceder a las unidades, por lo que un gran jurado ordenó al acusado que liberara la información. El acusado se negó, también invocando a la Quinta Enmienda, aunque en este caso el jurado lo declaró en desacato, enviándolo a prisión. Después de una solicitud presentada por la Electronic Frontier Foundation, la Corte de Apelaciones llegó a la conclusión de que la liberación forzada de la información la calificaría como “testimonio”, por lo tanto, la aplicación de la Quinta Enmienda es válida.
Fuente: http://www.abc.es
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